INICIO CONTACTA AYUDA

Discrepancia telemática

Discrepancia telemática

Notapor Audrey_es_guapa el 19 Nov 2009, 21:07

Se presenta telemáticamente una escritura de hipoteca, con un diferencial del tipo de interés del 0'0% en el período de carencia.

Se suspende la calificación por pago del impuesto y posteriormente se presenta copia física, con un diferencial del tipo de interés del 0'9% en el período de carencia.

También pone "primera copia, exacta del instrumento preinscrito".

Empezando por el final...

¿Qué es eso del "instrumento preinscrito"? ¿No sabe el notario autorizante la diferencia entre un registro de la propiedad y una academia de registros? La última vez que la leí, no había ni un solo artículo en toda la ley hipotecaria, tampoco en el reglamento, que hablase de preinscripciones. Como mucho, que no es poco, practicamos el asiento de presentación. Pero ¿preinscribir? ¡Ya me explicarán cómo! La calificación registral es como las lentejas, o se inscribe o no se inscribe, pero nunca se preinscribe. Para preinscripciones, ya está el botoncico de la parte superior de esta misma página.

Y ahora, vamos a lo gordo.

¿Cómo puede ser que vayan circulando por ahí DOS COPIAS AUTÉNTICAS de la misma escritura, con DISTINTO contenido?

Me temo que algunos no han entendido todavía que la copia electrónica no es un mero fax privilegiado (ni es fax ni es privilegiado, muy a pesar de quienes pretenden usarlo para el alzamiento de bienes), sino una COPIA AUTORIZADA de una escritura pública, con los mismos efectos (y las mismas consecuencias, que parece lo mismo, pero no exactamente) que cualquier otra copia autorizada expedida en papel.

Si se ha expedido primera copia en fecha y hora indubitadas, y su contenido varía en otra posterior, sin intervención de las partes que otorgaron la escritura ¿alguien podría recordarme en qué artículo del reglamento notarial se permite modificar los documentos públicos sin consentimiento de los otorgantes?

Y en caso de que no se pueda (quiero pensar que no), ¿cómo se arregla esto?

PD: Para quitarnos el mal sabor de boca, nada mejor que...

Imagen

¿Bridget Fonda? Nooooo... Melissa Rauch. Ya sé que todas estas señoritas les suenan a chino, pero, lo crean o no, hay gente a quien no le gusta Megan Fox.
Audrey_es_guapa
 
Mensajes: 100
Registrado: 22 Abr 2009, 11:41

Re: Discrepancia telemática

Notapor Al varo Esteban el 26 Nov 2009, 13:59

Yo ya he tenido varios casos de discrepancia de la copia electrónica y copia en papel presentada, y siempre les pongo nota negativa y exijo que por diligencia notarial me lo hagan subsanar y deshagan el entuerto.
En cuanto a lo de la preinscripción, ni caso. El notario sabrá de dónde lo ha sacado.
Y disculpas por responder tan tarde.

PD Yo, ni siquiera sé quién es Megan Fox.

Un abrazo desde Ibiza.
Al varo Esteban
 
Mensajes: 16
Registrado: 24 Abr 2009, 10:19

Re: Discrepancia telemática

Notapor Audrey_es_guapa el 26 Nov 2009, 20:56

Muchas gracias.

Irónicamente, esta tarde me ha llegado la subsanación... "Por error en la expedición de la copia."

¡CEMEÑO! (Como decimos en mi tierra.)

Si no hay quien se crea los errores en la expedición de copias en papel (a no ser que haya gremlins metidos en la impresora), en el envío de la copia telemática, es IM-PO-SI-BLE.

Y no sólo porque el archivo que se manda es el mismo que el de la matriz (a no ser que estén enviando archivos de matrices distintas, que sería el colmo), sino porque la firma electrónica (los notarios también tienen firma electrónica, eso no lo olvidemos nunca) no sólo prueba la identidad del remitente, SINO LA INTEGRIDAD DEL MENSAJE.

¿Por qué? No quiero convertir este foro en una clase de informática (que luego circulan por ahí leyendas urbanas de que me meto en los servidores como un Matthew Broderick cualquiera y tampoco es eso). Pero resumiendo:

Cualquier alteración en el contenido del documento ALTERA también la huella digital de la firma y por tanto el destinatario SABE que el documento ha sido modificado. (Los que estén un poco puestos en el Registro Mercantil, saben que éste es uno de los motivos de denegación del depósito de cuentas anuales.)

Recordarán ustedes aquella infausta instrucción de la DGRN, que dice que la firma de los registradores no es segura... Pues qué quieren que les diga, segura no será, pero al menos cumple las reglas enunciadas por Ron Rivest (que no tiene nada que ver con Ron Jeremy, o sí, según se mire) cuando diseñó el algoritmo asimétrico RSA. Cosa que, a tenor de esas diligencias que me mandan, no pasa con la firma electrónica notarial, que no cambia a pesar de que el contenido del mensaje sí haya sido modificado.

Como diría la madre de Sheldon, la falsedad en documento público hace llorar al niño Jesús.

¿Y el Consejo de "Geguridad" Nacional, qué opina de ésto?

PD: Megan Fox es la prueba viviente de que vivimos en un valle de lágrimas. Googleando:
Nada menos que 11.800.000 entradas para "megan fox."
Y sólo 266.000 tristes entradas para "emily vancamp."
Audrey_es_guapa
 
Mensajes: 100
Registrado: 22 Abr 2009, 11:41


Volver a Jurídico

cron

© ACADEMIA DE REGISTROS DE MURCIA | 800 x 600 aviso legal | privacidad