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Resolución de 23 de julio 2005. BOE 13/10/2005
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Sobre el procedimiento a seguir respecto de actos reveladores de parcelación ilegal.
Voz - Contenido: URBANISMO. Parcelación: aplicabilidad del artículo 79 del RD 1093/97, de 4 de julio.
Hechos
I
Mediante escritura autorizada el 14 de mayo de 2004 (protocolo
número 832) por la Notaria de Medina Sidonia Doña María Concepción
Medina Achirica, los esposos Don Juan-Antonio Morales Lupión y Doña
Francisca Jiménez Gibaja vendieron a los cónyuges Don Jamal Eddine
Agheedar Mohamed y Doña María Dolores Sánchez Corbacho (adquiriendo
éstos con carácter ganancial), el pleno dominio de una dieciseisava
parte indivisa de una finca rústica de regadío (procedente de la parcela
4-B del lote número cuatro del Cortijo denominado Malcocinado;
inscripción séptima de la finca 11.184 del Registro de la Propiedad de
Medina Sidonia). En la citada escritura, consta el siguiente apartado:
«Calificación Urbanística.-Declaran ambas partes que le corresponde la
de suelo no urbanizable, quedan enterados de que el fraccionamiento de
la misma se rige por la Ley 19/1995, de 4 de julio de Modernización de
Explotaciones Agrarias, siendo nula toda parcelación que origine fincas
independientes de superficie interior -sic-a la señalada como unidad
mínima de cultivo. También quedan enterados de que dicha calificación
determina que no puede dedicarse la misma a usos edificatorios ni urbanísticos,
y que los incumplimientos de dichas limitaciones son sancionados
por la Ley del Suelo y sus Reglamentos».
II
Presentada dicha escritura en el Registro de la Propiedad de Medina
Sidonia, fue calificada con la siguiente nota: «El Registrador de la Propiedad
que suscribe, previo examen y calificación del precedente documento,
ha resuelto no admitir su inscripción en los Libros del Archivo de
este Registro de la Propiedad de Medina Sidonia a su cargo en base a los
siguientes: Antecedentes de hecho. I. Doña M.ª Concepción Medina Achirica
presentó en el Registro de la Propiedad de Medina Sidonia, provincia
de Cádiz, escritura de compraventa autorizada por don/doña Concepción
Medina Achirica el día 14-05-2004 con el número 832 de su protocolo. II.
En virtud de dicha presentación se efectuó a las doce horas y cuarenta y
cinco minutos del día dieciocho de junio de dos mil cuatro el asiento de
presentación número 2726/0 del Diario de Operaciones número 70 del
mencionado Registro. III. El documento reseñado fue estudiado y calificado
por este Registrador de la Propiedad que suscribe en orden a determinar
si con arreglo a la legislación vigente era o no susceptible de acceder
a los Libros del Registro de la Propiedad de Medina Sidonia,
resultando que el mismo adolece de los defectos que se expresan a continuacion.


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