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Real Decreto 239/2007. BOE 19/02/2007
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de 16 de febrero, por el que se modifica el Reglamento de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, y el Reglamento de mutualidades de previsión social, aprobado por el Real Decreto |
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El Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, supuso un profundo cambio en la legislación administrativa de ordenación y supervisión de la actividad aseguradora, hasta entonces contenida en el Real Decreto 1348/1985, de 1 de agosto, al adaptar el ordenamiento jurídico interno a las disposiciones de, entre otras, la Directiva 92/49/CEE del Consejo, de 18 de junio de 1992, sobre coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas al seguro directo distinto del seguro de vida y la Directiva 92/96/CEE, del Consejo, de 10 de noviembre de 1992, sobre coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas relativas al seguro de vida, y recoger en su articulado consideraciones, experiencias, criterios, reflexiones y circunstancias que se habían revelado necesarias para atender a la finalidad con ella pretendida. Desde su entrada en vigor el 1 de enero de 1999 hasta nuestros días, se han ido incorporando a su articulado nuevas disposiciones nacidas del Derecho comunitario, como las contenidas en la Directiva 98/78/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de octubre de 1998, relativa a la supervisión adicional de las empresas de seguros que formen parte de un grupo de seguros, transpuesta por el Real Decreto 996/2000, de 2 de junio, o las contenidas en las Directivas 2002/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de marzo de 2002, por la que se modificó la Directiva 73/239/CEE del Consejo en lo que respecta a los requisitos del margen de solvencia de las BOE núm. 43 Lunes 19 febrero 2007 7085 empresas de seguros distintos del seguro de vida, y 2002/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de noviembre de 2002, sobre el seguro de vida, transpuestas por el Real Decreto 297/2004, de 20 de febrero. Estos cambios, que tratan de mejorar la necesaria armonización legislativa comunitaria o bien revisar, adecuar y actualizar los instrumentos de solvencia técnica previstos para las entidades aseguradoras, no pueden considerarse culminados, dado que el entorno dinámico del sistema financiero y las tendencias legislativas armonizadoras europeas orientadas a adecuar el marco jurídico que permita alcanzar el mercado financiero único, exigen cambios permanentes. |
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