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Real Dec 1576/2006, 22 noviembre. BOE 23/12/2006
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Por el que modifican, en materia de pagos a cuenta, el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas, aprobado por le Real Decreto1775/2004, de 30 de julio; el Real Decreto 2146/2004, de 5 de noviembre
La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación
parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades,
sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio,
introduce importantes modificaciones en dichos impuestos
que tienen incidencia en el ámbito de los pagos a
cuenta de los mismos. Por una parte, en el Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas se ha establecido
un nuevo esquema de liquidación, consecuencia de la
introducción de un tramo a tipo cero para permitir que
cualquier contribuyente obtenga idéntico tratamiento fiscal
por una misma circunstancia personal y familiar con
independencia de su nivel de renta. Al tiempo se ha rebajado
la tarifa del impuesto y se han efectuado importantes
elevaciones en los importes que configuran el umbral de
tributación, y, por lo tanto, de retención, en concreto, en la
reducción por obtención de rendimientos del trabajo y en
las cuantías del mínimo personal y familiar. Por otra parte,
se han establecido nuevos supuestos de retención o
ingreso a cuenta, como es el caso de los rendimientos de
determinadas actividades económicas que determinan su
rendimiento neto con arreglo al método de estimación
objetiva o el de las ganancias patrimoniales derivadas de
los aprovechamientos forestales de los vecinos en montes
públicos. Por último, el nuevo tratamiento de las rentas
del ahorro ha supuesto el establecimiento de nuevos
tipos de retención aplicables no sólo en el Impuesto sobre
la Renta de las Personas Físicas, sino también en el
Impuesto sobre Sociedades y en el Impuesto sobre la
Renta de no Residentes.
En consecuencia, el Gobierno considera oportuno adelantar
la aprobación del presente Real Decreto con anterioridad
a la del nuevo Reglamento del Impuesto sobre la
Renta de las Personas Físicas, con la finalidad de que los
obligados a practicar retenciones e ingresos a cuenta puedan
conocer con la suficiente antelación la nueva normativa
que en materia de pagos a cuenta resultará aplicable
a partir de 1 de enero de 2007, proporcionando así la seguridad
e información necesarias para el correcto cumplimiento
de sus obligaciones como retenedores.


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