|
|
Real Dec 863/2006, de 14 julio. BOE 04/08/2006
|
descargar documento |
|
|
Por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad a las oposiciones al título de Notario y al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, así como la provisión de plazas a su favor. |
|
La Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, es el instrumento legal que establece el marco de la integración social de las personas con discapacidad, la cual debe inspirar la política de los poderes públicos, conforme al artículo 49 de la Constitución. Por su parte, la Ley 53/2003, de 10 de diciembre, sobre empleo público de discapacitados, modifica la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, introduce en la oferta de empleo público de cada año la reserva de un cupo no inferior al cinco por ciento de las plazas ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 33 por ciento, de modo que dicho colectivo llegue a alcanzar el dos por ciento de los efectivos totales de la Administración del Estado. Como desarrollo de este precepto se ha dictado el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad. El propósito de este real decreto es aplicar las líneas esenciales de tales medidas para la obtención por las personas con discapacidad del título de Notario y para el ingreso en el Cuerpo de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, que hasta ahora venían reguladas en el Real Decreto1557/1995, de 21 de septiembre, por el que se regula el acceso a las oposiciones al título de Notario y al Cuerpo de Registradores de la propiedad y mercantiles de personas con minusvalía. Todo ello en el marco de lo establecido para la obtención del título de Notario en el título II de la Ley de 28 de mayo de 1862, del Notariado y del capítulo I del título I del Reglamento Notarial, aprobado por Decreto de 2 de junio de 1944, y para el ingreso en el Cuerpo de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles por los artículos 277 a 280 del texto refundido de la Ley Hipotecaria, aprobado por Decreto de 8 de febrero de 1946, y por los artículos 504 a 508 del Reglamento Hipotecario, aprobado por Decreto de 14 de febrero de 1947. |
|
|
| |
|
|
|
LEGISLACIÓN |
|
|
|
|
|
|
|
|
BÚSQUEDA DE DOCUMENTOS |
|
|
DESTACAMOS
NOVEDADES
|
|
|
| |
|